Reforma del CPP reabre debate por libertad anticipada y podría alcanzar a represores de la dictadura

Actualidad14/04/2026Diario La NoticiaDiario La Noticia

El proyecto del Poder Ejecutivo flexibiliza exclusiones vigentes desde 2017, aunque eleva el requisito de cumplimiento de pena. La iniciativa ya está en el Senado.
La reforma del Código del Proceso Penal (CPP) enviada por el Poder Ejecutivo al Parlamento introduce cambios relevantes en el régimen de libertad anticipada, reconfigurando tanto las condiciones de acceso como el universo de personas que podrían solicitar este beneficio.

Actualmente, la normativa —establecida en los artículos 298 al 301-TER— permite pedir la libertad anticipada a quienes hayan cumplido determinados tramos de su condena: dos terceras partes en casos con medidas de seguridad, la mitad de la pena para condenas de penitenciaría, y en cualquier momento para penas menores a dos años, siempre bajo un pronóstico favorable de reinserción social.
Sin embargo, el régimen vigente excluye a personas condenadas por delitos graves como homicidio agravado, rapiña, narcotráfico, delitos sexuales, secuestro y extorsión, así como a reincidentes en varios de estos ilícitos.

Qué cambia con la reforma

El proyecto incorpora el artículo 301 BIS, que plantea un giro significativo: elimina gran parte de esas exclusiones incorporadas desde la entrada en vigencia del CPP en 2017, permitiendo que personas condenadas por esos delitos vuelvan a ser elegibles para solicitar la libertad anticipada.
A cambio, se establece una exigencia más estricta en el cumplimiento de la pena: quienes accedan bajo este nuevo esquema deberán haber cumplido al menos tres cuartas partes de la condena.
El procedimiento, no obstante, se mantiene sin cambios: la defensa solicita el beneficio ante el juez de la causa, quien evalúa si se cumplen las condiciones legales y si existe un pronóstico favorable de reinserción.

Impacto en casos de la dictadura

Uno de los puntos más sensibles del proyecto es su eventual impacto sobre personas condenadas por crímenes cometidos durante la última dictadura.

En Uruguay, muchos de estos casos fueron tipificados como delitos comunes —homicidio, lesiones graves, privación de libertad o abuso de autoridad— debido a que la ley que incorporó los delitos de lesa humanidad, la Ley 18.026, fue aprobada en 2006, con posterioridad a los hechos

Esto implica que varios represores podrían quedar habilitados a solicitar la libertad anticipada si la reforma prospera, siempre que cumplan el nuevo umbral de pena y si también se eliminan las restricciones por reincidencia, como propone el texto.

La postura de la Fiscalía

La Fiscalía General de la Nación, a través de su unidad especializada en crímenes de lesa humanidad, ha mantenido una posición cautelosa respecto a la tipificación de estos delitos. En general, evita imputarlos bajo esa figura por entender que implicaría una aplicación retroactiva de la ley, con la excepción de la desaparición forzada, considerada un delito permanente mientras no aparezcan los restos de la víctima.

Casos emblemáticos

Hasta el momento, se han registrado pocas condenas bajo la figura de delitos de lesa humanidad. Entre ellas se destaca la del militar retirado Eduardo Ferro, sentenciado en 2023 a 21 años de penitenciaría por la desaparición forzada de Óscar Tassino en 1977.

También fueron condenados Jorge Pajarito Silveira y Ernesto Ramas —este último ya fallecido— por el mismo caso, con sentencias ratificadas por la Suprema Corte de Justicia.
Otro caso relevante involucró al sobrino del exdictador Gregorio Álvarez, condenado inicialmente por torturas contra el dirigente sindical Gerardo Riet, aunque posteriormente la tipificación fue modificada a abuso de autoridad contra detenidos.

Trámite parlamentario

El proyecto ya ingresó a la Cámara de Senadores y fue derivado a la Comisión de Legislación, presidida por la senadora Graciela Bianchi, donde comenzará su discusión.
La iniciativa promete generar un intenso debate político y jurídico, especialmente por sus implicancias en materia de derechos humanos y política criminal.

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