Condenado por violencia doméstica tras incumplir medidas judiciales y amenazar a su pareja

Policiales15/04/2026Diario La NoticiaDiario La Noticia

Un hombre de 28 años fue detenido y posteriormente condenado por violencia doméstica agravada y desacato, luego de incumplir disposiciones judiciales y protagonizar un nuevo episodio de agresión contra su pareja. La Justicia dispuso un régimen de libertad a prueba con estrictas medidas de control y protección para la víctima.

Denuncia y actuación policial

El caso se originó a partir de una denuncia presentada por una mujer contra su pareja por violencia doméstica. Ante la situación, personal de la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y de Género inició las actuaciones correspondientes y dio intervención a la Justicia competente, que dispuso medidas cautelares.
En reiteradas oportunidades, los efectivos policiales concurrieron al domicilio de la denunciante, donde constataron la presencia del hombre junto a la víctima. Según manifestó la mujer en esas instancias, ambos habían retomado la relación.

Nuevo episodio de violencia

La situación volvió a agravarse cuando la mujer realizó un nuevo llamado solicitando presencia policial, alertando que el hombre se encontraba agresivo y que la había amenazado con un arma blanca.Ante esta denuncia, los efectivos policiales acudieron de inmediato al lugar, logrando controlar la situación y proceder a la detención del agresor, evitando que el conflicto escalara a consecuencias más graves.

Condena judicial

Tras culminar las actuaciones en sede fiscal y judicial, la Justicia dispuso la condena del hombre de 28 años como autor penalmente responsable de un delito de violencia doméstica agravada en reiteración real con un delito de desacato agravado.
La sentencia estableció una pena de ocho meses de prisión, la cual fue sustituida por un régimen de libertad a prueba por el mismo período, conforme a lo previsto en el Código del Proceso Penal.

Medidas de control y reparación

Durante el plazo de la condena, el imputado deberá cumplir varias obligaciones, entre ellas fijar residencia en un lugar donde sea posible su supervisión por parte de la Dirección Nacional de Medidas Alternativas y someterse a su orientación y control.

Asimismo, deberá presentarse semanalmente en la seccional policial correspondiente, realizar tareas comunitarias durante dos meses —dos horas semanales— y portar un dispositivo de geolocalización para el monitoreo de las medidas impuestas.
La sentencia también establece la prohibición de comunicarse o acercarse a la víctima en un radio de 500 metros durante todo el período de la condena.

Además, el condenado deberá reparar económicamente a la víctima, de acuerdo con lo establecido en el artículo 80 de la Ley 19.580, abonando una suma equivalente a doce salarios mínimos.

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